El juicio por delito leve

En este artículo vamos a intentar responder, de forma sencilla y comprensible, a alguna de las preguntas que le surgen a la persona que, de repente, se ve citada para ello. Siempre, bajo nuestro criterio y por tanto sujeto a cualquier otro contradictorio.

Las antiguas faltas y el actual delito leve. Es importante destacar que el delito leve viene a sustituir a las antiguas faltas. En el caso del delito leve si se da una condena firme el/la condenado/a va a llegar a tener antecedentes penales, extremo que no ocurría en las antiguas faltas.

¿Qué asuntos se tratan en el ámbito del juicio por delito leve? Se tratan asuntos penales en los que se denuncian hechos que pueden ser constitutivos de un delito leve de lesiones, hurto de cuantía inferior a 400 euros, maltrato de obra, amenazas, coacciones e injurias (entre otros).

¿Qué penas suelen imponerse en los delitos leves? Al/a la condenado/a por un delito leve se le puede imponer una pena de multa de hasta 3 meses, con un importe diario proporcional a sus ingresos. También, en su caso, pueden adoptarse ciertas prohibiciones (de acercamiento y/o comunicación, entre otras).

¿Cuál es el protocolo a seguir si se quiere denunciar un delito leve? Es el mismo para cualquier denuncia cuando se presenta en sede policial. El denunciante se presenta en comisaría y debe relatar los hechos y el/la autor/a de los mismos. El agente que instruya las diligencias, si lo encuadra dentro de un delito leve, normalmente tendrá acceso electrónico a una agenda que lo adjudica a un determinado Juzgado y en una fecha concreta, que suele ser inmediata en el caso de estos asuntos.

¿Cuál es el plazo para interponer denuncia por un delito leve? Aquí es importante destacar que, si transcurre un año desde los hechos y se interpone denuncia con posterioridad, no habría lugar a que continuase la instrucción del mismo porque estaría prescrito.

¿Es necesaria la intervención de un/a abogado/a? No es necesaria pero si aconsejable. Nuestra experiencia nos proporciona un dato estadístico creciente de personas que solicitan nuestros servicios para intervenir en un juicio por delito leve. Las razones pueden ser varias, la más habitual es para que intentemos conseguir una absolución; porque, en el caso de que la persona tenga ya antecedentes penales, una condena por delito leve le perjudicaría gravemente. Si representamos al denunciante, en este caso, el objetivo principal sería que el/la acusado/a acabe siendo condenado por los hechos cometidos.

Apuntes sobre nuestra experiencia ante las muchas intervenciones realizadas por este despacho en el ámbito del juicio por delito leve. Hemos determinado, en este tipo de procedimientos, un protocolo de actuación. En este, utilizamos estrategias diversas que nos han llevado a resultados satisfactorios, tanto cuando hemos buscado la condena como consiguiendo absoluciones, aún existiendo pruebas de cargo irrefutables.

¿Cuál es el coste de la intervención profesional en un delito leve? Siempre que tratamos el tema económico intentamos ser muy precisos para que la persona interesada no tenga duda sobre ello. De entrada, en este tipo de asuntos, tenemos el coste inicial que puede ser único y es la asistencia al Juicio. Si el resultado es el buscado, ahí termina nuestra intervención. Pero puede darse la situación de que no sea así y, entonces, haya que cobrar por presentar un Recurso de Apelación. En definitiva, es importante que a la hora de informaros, siempre tengáis el detalle de hasta donde alcanza la intervención del/ de la Letrado/a en cuestión. De esta forma, evitaréis sorpresas desagradables.

Si tú o una persona allegada se ve inmersa en un juicio por delito leve y necesitas de forma urgente un/a abogado/a penalista urgente, no dudes en llamarnos. Te informaremos sin compromiso y te prepararemos para que lo que vaya a pasar no signifique ninguna sorpresa para ti.

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