En este caso, partíamos del reconocimiento de los hechos por parte de nuestro cliente.
Este, trabajaba en una empresa que prestaba servicios a un comercio durante los fines de semana. La acusación particular aportó una grabación en la que se observa la actuación de nuestro representado. Por tanto, en este asunto, no se buscaba una absolución, porque con su confesión esto resultaba imposible.
Centramos nuestra estrategia en cuestionar la validez probatoria de la documental que aportó la parte contraria ya que, de conseguirse, daría lugar a que no se pudiese concretar cantidad alguna; y, por tanto, aún reconociendo los hechos, podría negar el importe reclamado y no podría darse más que una sentencia de mínima pena.
La Sentencia conseguida, de entrada, rebajaba la pena que se pedía de 2 años de prisión, por parte del Ministerio Fiscal y, de 3 años de prisión, por parte de la acusación particular; a un delito leve con pena de 45 días de multa. También, se desestimó la responsabilidad civil pedida.
Por tanto, aún habiendo el cliente reconocido el delito, se dio un auténtico y, en cierta forma, inesperado éxito; ya que, de entrada, por el propio reconocimiento de los hechos el asunto, no «pintaba» muy bien.