En nuestro devenir profesional hemos llevado bastantes asuntos en el ámbito de los delitos de naturaleza sexual, contra la mujer, siendo mayor el número de intervención como acusación particular que como defensa del acusado. No podemos más que estar en la postura de que atentar contra la libertad e indemnidad sexual de la mujer ha de ser objeto del mayor reproche penal posible.
Pero, hemos de ser estrictos también cuando, como en el caso que da lugar a esta resolución (que ya ha adquirido firmeza), entramos como defensa, ante una acusación carente de verosimilitud y de credibilidad. Y que aún, siendo así, y reconociéndolo como tal la Sala que absolvió a nuestro representado, lo cierto es que durante años ha estado sufriendo nuestro cliente la conocida como «pena de banquillo».
Nuestra estrategia obtuvo el éxito buscado y la paz para nuestro cliente y, la Sala que emitió la sentencia, ha sido un ejemplo de imparcialidad y de valoración exhaustiva de la prueba existente. El grado de satisfacción profesional y personal en este caso ha sido máximo.
Si tú o algún familiar o amigo/a os encontráis ante un proceso penal y consideráis que debe ser tratado por un/a profesional experto/a en estos asuntos, no dudéis en contactar con nosotros. Os informaremos sin coste alguno y os facilitaremos el abono de nuestros honorarios, intentando adaptarnos a las posibilidades de pago, dentro de una lógica.
Asimismo, recordamos que en asuntos de importante entidad, como el caso de éxito que nos ocupa, actuamos en cualquier población del territorio español.
