Os recordamos, a quiénes ya habéis accedido a nuestra web e informamos a quiénes lo hacen por primera vez que, así como hay áreas judiciales que están inoperativas en puentes y festivos, no ocurre de la misma manera en el ámbito penal.
En situaciones relacionadas con la comisión de un presunto delito, siempre están operativas tanto las comisarías como el Juzgado de Guardia, no posponen una detención en ningún caso porque se de en un día festivo.
En consecuencia, todos los días del año se siguen produciendo detenciones que dan lugar, en la mayoría de ocasiones, a que se trasladen a las personas detenidas a los diferentes Juzgados de Guardia, según el lugar de la detención. Y, una vez allí, se producen diferentes escenarios: resoluciones de conformidad, apertura de Diligencias Previas, adopción de medidas cautelares y, en el mejor de los casos para la persona detenida, el archivo del asunto por entender que hay inexistencia de indicios y/o pruebas.
También consideramos que estos períodos son ideales para tomar decisiones en relación a un posible cambio en la defensa letrada. Y, dado que estamos operativos/as, podemos informaros, telefónicamente, sin coste alguno. Y, en su caso, concretar cita si, tras la información previa obtenida, queréis iniciar el protocolo encaminado a dicho cambio.
Estamos a vuestra disposición en esas fechas en el caso que necesitéis un/a abogado/a penalista urgente.